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Unidades económicas dedicadas principalmente a proporcionar servicios de intermediación para el transporte de carga aéreo, terrestre o marítimo. Las unidades económicas que prestan estos servicios se conocen como agencias de carga, reexpedidoras de carga, consolidadoras de carga, agencias navieras o agencias consignatarias.
Incluye también: u.e.d.p. a proporcionar servicios de logística, que consisten en la coordinación de actividades para la distribución de mercancías. Estas unidades económicas realizan su actividad mediante la subcontratación de servicios que prestan otras unidades económicas —como los servicios de transporte, almacenamiento, empacado y etiquetado, y trámites aduanales— y sólo coordinan o subcontratan a terceros, no llevan a cabo los servicios de transporte, almacenamiento, etcétera.
Excluye: u.e.d.p. al transporte aéreo de carga (481, Transporte aéreo); al transporte por ferrocarril de carga (482, Transporte por ferrocarril); al transporte por agua de carga (483, Transporte por agua); al autotransporte de carga (484, Autotransporte de carga); de agencias aduanales (488511, Servicios de agencias aduanales); a los servicios de almacenamiento de productos (493, Servicios de almacenamiento); a los servicios de consultoría en logística (541610, Servicios de consultoría en administración); a los servicios de consultoría en comercio exterior (541690, Otros servicios de consultoría científica y técnica); a los servicios de empacado de bienes propiedad de terceros en envolturas, cajas individuales o kits, y al etiquetado de éstos (561910, Servicios de empacado y etiquetado).